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Municipios Turísticos de Andalucía.

Actualmente son 18 los municipios que componen el Listado de Municipios turísticos de Andalucía, no encontrando ningún municipio en la provincia de Córdoba, no obstante este echo cambiará muy pronto ya que el municipio cordobés de Rute, está en proceso de conseguir esta declaración, habiendo superado el último trámite, al igual que las localidades de Níjar (Almería), La Iruela (Jaén), Frigiliana y Antequera (Málaga), Isla Cristina (Huelva) y Aznalcázar (Sevilla), que engrosarán el listado de municipios Turísticos de Andalucía.

Listado de Municipios Turísticos de Andalucía, a fecha de diciembre de 2019:

  • Huelva: Almonte, Aracena, Punta Umbría.
  • Jaén: Baeza, Cazorla.
  • Cádiz: Chipiona, Chiclana de la Frontera, conil de la Frontera, Tarifa, Rota.
  • Málaga: Benalmádena, Ronda, Nerja, Fuengirola, Toremolinos.
  • Almería: Roquetas de Mar.
  • Granada: Almuñecar.
  • Sevilla: Santiponce.

Requisitos:

Según el Decreto 72/2017, de 13 de junio, de Municipio Turístico de Andalucía, que deroga el antiguo Decreto 158/2002, de 28 de mayo, los requisitos son los siguientes:

– La población de derecho no puede superar los cien mil habitantes (artículo 1.3).

– Tendrá que acreditar la población turística asistida, a través del número de visitas turísticas o de pernoctaciones (artículo 2.a).

– Acreditar la oferta turística y su infraestructura turística (artículo 2.b).

-Justificar el plan municipal de calidad turística (artículo 2.c).

– Llevar a cabo actuaciones dirigidas a potenciar y mejorar las actuaciones y servicios con incidencia en la actividad turística (artículo 15.1).

– En los procesos de planificación turística que lleven a cabo deberán introducir mecanismos de participación ciudadana y de los agentes económicos y sociales y también integrar la conservación del patrimonio cultural y natural, así como apostar por un turismo respetuoso, y concienciar a a la población local y turística (artículo 15.2).

– Memoria justificativa de las actuaciones realizadas con acreditación de los requisitos que diedon lugar a la declaración (artículo 15.3).

Documentación

Decreto 72/2017, de 13 de junio, de Municipio Turístico de Andalucía:

– Certificado del Padrón Municipal en el que conste la población de derecho del municipio (artículo 5.a).

– Certificado del acuerdo plenario autorizando la presentación de la solicitud (artículo 5.b).

– Acreditación del cumplimiento del requisito de población turística asistida (artículo 5.c).

– Memoria descriptiva de la oferta turística (artículo 5.d).

– Plan municipal de calidad turística (artículo 5.e).

– Memoria explicativa de actividades y servicios públicos con incidencia turística (artículo 5.f).

– Documentación acreditativa de la concurrencia de los elementos de valoración (artículo 5.g).